Remax: la Corte ratificó que los corredores deben tener título habilitante

A. BRAÑA PROPIEDADES
3 min readDec 3, 2020

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La Sala Primera convalidó un fallo del Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio Profesional en contra de una persona que realizaba trabajos y practicaba la profesión de Corredor Inmobiliario sin matrícula bajo esta franquicia

La Suprema Corte de Mendoza confirmó una sanción del Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio de Corredores Inmobiliarios de la provincia para un agente de la franquicia Remax que había sido multado por el ejercicio ilegal de la profesión. De acuerdo con el caso, el acusado no tenía el título de corredor inmobiliario ni matrícula habilitante.

La Sala Primera del máximo tribunal -integrada por los ministros María Teresa Day, Julio Gómez y José Valerio- rechazó de esta manera la acción procesal administrativa planteada por D.C, quien se desempeñó realizando tareas de corretaje inmobiliario para esta marca estadounidense y fue sancionado a pagar la suma de $ 182.000.

El Colegio de Corredores Inmobiliarios había accionado contra esta persona luego de advertir en 2012 que habían publicaciones de Facebook en la que hacía una intermediación, para la cual sólo están facultados los corredores inmobiliarios con título habilitante extendido por universidades.

“Lo cierto es que conforme a la prueba colectada puedo concluir dentro de la justa valoración de todos estos elementos documentales reunidos por el Colegio, que bajo el amparo de una marca que no le pertenecía al accionante intervino en operaciones de corretaje para lo cual era exigible la matrícula profesional”, detalla la decisión judicial.

Frente a esta sentencia a favor del Colegio de Corredores Inmobiliarios de Mendoza, su titular, Estanislao Puelles, destacó, “lo que tiene de importante esta resolución es que es la Corte la que está reconociendo la Ley 7.372 de Corredores Inmobiliarios y que sólo se puede trabajar en esta actividad con título y matrícula”.

Puelles remarcó que este es el resultado de un largo proceso judicial y que no es el primero que llega a la Corte. Como también observó que se han dado similares planteos por otros colegios en el país, ante la ilegalidad del uso de franquicias sin los requisitos que prevé la normativa.

Disolución de Remax

En septiembre, la Inspección General de Justicia (IGJ) determinó que no es legal la actividad inmobiliaria se realice bajo el régimen de franquicia, luego de analizar un planteo del Colegio de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires en contra de la cadena Remax.

La Inspección General de Justicia regula las sociedades comerciales en el país y determinó que la marca estaba actuando de manera ilícita en el país.

De todas maneras, desde la firma manifestaron que iban a seguir trabajando normalmente en Argentina.

El fallo

Por:Melisa Stopansky — redaccion@elsoldiario.com.ar — @melisastopansky

Fuente: DIARIO EL SON — MENDOZA (2–12–2020)

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