NOVEDADES Y ACTUALIDAD DEL MERCADO INMOBILIARIO — Escritura de una propiedad: ¿cuáles son los pasos a seguir?

A. BRAÑA PROPIEDADES
5 min readJan 17, 2020

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La escritura de una propiedad es un título que se compra o se vende en la transacción de un inmueble. Se trata de un documento que firma y corrobora un escribano cuando inscribe el inmueble en el Registro de la Propiedad Inmueble y culmina el proceso de compraventa de una propiedad. Es un proceso complejo, por eso en Zonaprop Te Explica te contamos qué tenés que saber antes de escriturar.

Requisito importante:

Para conseguir la escritura de una propiedad la firma del boleto de compraventa debe ser ante escribano público con la firma de los certificados y en papel timbrado, de lo contrario pierde validez. El amparo de la propiedad recién se tiene al comprar el título del inmueble.

Respecto a los certificados necesarios para escriturar, la escribana Wanda Lebersztein explica: “Los certificados se piden cerca de la fecha de escritura, porque tienen una vigencia de duración y lo que se hace es trabar la matrícula. Es decir, se deja una reserva de prioridad sobre la propiedad y se envía al Registro de la Propiedad Inmueble de la zona donde se encuentre”.

La investigación previa:

El escribano, antes de escriturar, investiga el inmueble, realiza un análisis técnico-jurídico y se encarga del estudio de títulos. Estudia el historial del inmueble que comprende los 20 años previos y se asegura que no existan inhibiciones, embargos u otras posibles situaciones contables, impositivas o jurídicas que puedan imposibilitar la venta.

¿Quién elige al escribano?

Los usos y costumbres indican que suele ser el comprador quien selecciona al escribano para obtener la escritura de una propiedad, ya que se encarga de relevar el inmueble, hacer los estudios pertinentes y forma parte del acto de compra-venta. Clave: contar durante todo el proceso con un escribano confiable.

¿Cuáles son los gastos?

En este punto es importante considerar que no sólo los honorarios del escribano que intervenga se incluyen en esta cuenta, sino también la suma de los gastos de los diferentes documentos que fueron requeridos para efectivizar la compra-venta.

En la ciudad Buenos Aires los honorarios se pactan entre el comprador y el vendedor de la propiedad, pero según Lebersztein los gastos relativos a la investigación del inmueble suele pagarlos el vendedor y aquellos relacionados a la inscripción de la nueva compra, así como los honorarios del escribano los abona el comprador. Asimismo, el certificado ITI o ganancias los paga aquel que compra y el impuesto del sello se divide en partes iguales.

¿Cuáles son los documentos necesarios para escriturar?

Los requisitos para poder vender una propiedad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son: el título de la propiedad original, el DNI y la constancia de CUIL/CUIT del propietario, las boletas de los impuestos (ABL y AYSA), tasas y gravámenes.

Además, son necesarios:

Certificado de no retención del ITI: el impuesto a la Transferencia Inmobiliaria se grava por las propiedades compradas antes del 1 de enero de 2018 y no destinadas a vivienda personal. Es el 1,5% del monto del inmueble. Quienes podrán solicitar el certificado de no retención serán aquellas personas que vendan su única vivienda o terreno para comprar o construir otra propiedad destinada a vivienda propia.

COTI: el código de oferta de transferencia de inmuebles se adquiere en la web de la AFIP, en caso de que el precio de la venta supera el monto de $ 1.500.000. El propietario tiene que obtenerlo antes de la negociación, oferta o transferencia del inmueble.

Impuesto a los sellos: el monto en CABA es del 2,5%.

¿Qué sucede cuando el inmueble se encuentra en provincia de Buenos Aires?

En ese caso, se deberá contratar un agrimensor matriculado para que elabore la llamada agrimensura de la propiedad, es decir, el estudio de los límites de la superficie del terreno o inmueble y la medición de sus áreas.

¿Cuanto cuesta escriturar una propiedad?

Entre un 10% y un 12% del valor de la vivienda se destina a los honorarios del escribano, el pago de los impuestos y certificados y la comisión inmobiliaria. Aunque, los escribanos calculan que el 70% de esos gastos se destinan al Estado.

Fuente: ZONAPROP NOTICIAS (16–1–2020)

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C. P. I. Alejandro BRAÑA

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Colegio de Corredores de la Ciudad de Bs. As. (CUCICBA)

Matrícula Nº 689
Colegio Corredores Pdo. La Matanza Pcia. Bs. As. (CMCPLM)

Matrícula Nª 198
Inspección General de Justicia de la Nación (IGJ)

Socio Nº 4579
Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA)

Socio Sistema Inmobiliario LUGANOPROP
Inmobiliarias de Villa Lugano Interconectadas

Socio Sistema Inmobiliario CECIN
Centro de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Bs. As.

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