NOVEDADES Y ACTUALIDAD DEL MERCADO INMOBILIARIO — Certificados de Actuación Remota

A. BRAÑA PROPIEDADES
4 min readMay 9, 2020

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El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires aprobó un novedoso Reglamento que habilita los CERTIFICADOS DE ACTUACION REMOTA

Es una herramienta más, que se suma a la Generación de Documentos Notariales Digitales, y cuentan los Escribanos para actuar en casos que la situación excepcional lo amerite.

La práctica del negocio inmobiliario sigue siendo la misma, pero toma mayor relevancia la intervención del Escribano y el asesoramiento notarial, ahora en forma remota, a efectos de buscar mayor seguridad jurídica, y adecuarlo a este momento.

Una vez que el Corredor Inmobiliario reúne las voluntades de las partes de una operación inmobiliaria viene la etapa de instrumentar y formalizar dicho negocio.

El Escribano, encargado de entender en dicho proceso, luego del asesoramiento previo con las partes y el Corredor Inmobiliario, a través del CERTIFICADO DE ACTUACION REMOTA puede dejar constancia de las voluntades expresadas mediante videollamada y que representen la concreción de un Contrato Inmobiliario, siguiendo el siguiente procedimiento ejemplificatorio:

1. El Escribano entabla relación con el Corredor Inmobiliario y cada una de las partes para asesorarlas sobre el negocio, solicita la documentación necesaria y redacta los instrumentos pertinentes.

2. Se envían los documentos para su lectura previa y aprobación final.

3. Coordinan cuando hacer una videoconferencia (WhatsApp, ZOOM, Skype o cualquier aplicación similar)

4. Las personas deberán identificarse con su DNI, expresando el acto que desean realizar (por ejemplo un alquiler: plazo, monto y elementos esenciales) confirmando que desean celebrar el negocio en las condiciones que constan en el documento (consensuado de antemano) que deben exhibir al Escribano y FIRMARLO en el acto mismo de la videoconferencia y ante la presencia remota del Escribano.

5. Ese documento firmado se lo enviarán escaneado al notario (por email o Whatsapp, por ejemplo), quien al recibirlo confeccionará el certificado digital con lo acontecido y adjuntará el documento escaneado enviado.

6. El Escribano culmina el procedimiento remitiendo el CERTIFICADO DE ACTUACIÓN REMOTA a los intervinientes, quienes deberán adjuntar al mismo el documento original firmado.

7. En caso de firmarse bajo la modalidad de “contratos entre ausentes”, mediante Oferta y Aceptación , el Escribano podrá remitir esos documentos a cada una de las partes para la perfección del contrato.

8. Estos certificados no sustituyen la certificación notarial de la firma, pero en circunstancias excepcionales como la actual garantizan la intervención notarial desde el origen del negocio inmobiliario, asesorando y dirigiendo a las partes para la concreción de la operación satisfactoriamente, constituyendo un medio probatorio eficaz de lo acontecido.

Fuente: COLEGIO UNICO DE CORREDORES INMOBILIARIOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES -CUCICBA- (7–5–2020)

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Matrícula Nº 689
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