El blanqueo de Alberto va a ser el más barato de los últimos tiempos: con la brecha sólo se pagará 3,22%

A. BRAÑA PROPIEDADES
6 min readMar 24, 2021

--

Por el blanqueo de Mauricio Macri hubo que pagar un mínimo de 8% como castigo por haber escondido dólares, en el blanqueo que largo hoy apenas 3%.

El Gobierno publicó hoy la ley que estableció el régimen de fomento para la construcción y, con la vigencia, entró a correr el plazo de 120 días que tendrán los contribuyentes para blanquear sus fondos ocultos con destino a inversiones inmobiliarias.

Y si el blanqueo se hiciera hoy, la tasa prevista como impuesto especial en reemplazo de toda la deuda acumulada por haber ocultado los dólares será de sólo 3%, mientras que en la medida similar de la administración anterior la tasa fue de 8%.

Esto se debe a la brecha del dólar entre el dólar oficial a $96,49 y el dólar contado con liquidación a $149,8.

En realidad, en términos nominales, la tasa de ese impuesto especial durante los primeros 60 días de vigencia del blanqueo es de 5%.

Los fondos deberán invertirse, en concreto, en construcciones comenzadas a partir también de esta fecha de vigencia, o en las que a hoy tengan 49% de avance.

Según los especialistas, hay muchos particulares y empresas esperando esta medida porque la incertidumbre económica y la pandemia generaron muchos ingresos en negro que necesitan un canal.

Por otra parte, el blanqueo tiene muy bajo costo, enormes beneficios impositivos y libera de consecuencias penales, sanciones, multas e impuestos adeudados.

Podrán aprovechas todas estas ventajas tanto personas particulares como empresas o fideicomisos.

Más plazos desde la vigencia

El plazo de 120 días para el blanqueo no es tan largo como parece, sobre todo para quienes tienen fondos en bancos del exterior, ya que los trámites entre instituciones financieras son complicados.

Además, la vigencia también lanza otros plazos; en concreto, los de las alícuotas del impuesto especial que hay que pagar por el blanqueo, que es muy bajo en la primera mitad del tiempo para el blanqueo.

En concreto, durante los primeros 60 días corridos se pagará una tasa de 5% por la exteriorización de la moneda extranjera, la que disminuiría a hoy a 3,22% por la brecha del dólar.

Durante todo el mes siguiente, o sea del día 61 hasta el 90, el blanqueo se hará a cambio de un impuesto de 10%.

Y para los que esperen hasta último momento, tendrán que pagar una tasa de 20% a cambio de blanquear sus dólares.

Esto implica que el plazo real que se dispara desde hoy en realidad es de dos meses y no de cuatro.

Los beneficios impositivos

El blanqueo, a su vez, no sólo tiene un costo bajo, también suma muchos ahorros impositivos.

Esos beneficios en el pago de impuestos son los siguientes, según publicó Tributum.news:

1. Eximición del Impuesto sobre los Bienes personales.

Plazo máximo de la eximición 2 años.

Si la ejecución de la obra dura menos, la eximición se circunscribe a un solo período fiscal.

2. Posibilidad de computarse como pago a cuenta del Impuesto sobre los Bienes personales el 1% de la inversión.

Este saldo es posible utilizarlo para pagar el saldo a pagar del período fiscal año 2020 y trasladar el remanente para pagar las declaraciones juradas de los años 2021 y 2022.

3. Postergación del pago del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI) o del Impuesto a las Ganancias.

La espera o diferimiento puede tener hasta un plazo máximo de 2 años.

El ITI continúa aplicándose a los inmuebles adquiridos antes del 1/12/2018, y la venta de inmuebles adquiridos con posterioridad a esa fecha pagan Ganancias a la alícuota del 15%.

4. También el inversor que aporte un terreno al fideicomiso o pozo accederá a un diferimiento del tributo, es decir, recién tendrá que pagar Ganancias al momento de percibir una renta por lo construido.

Por su parte, se clarifica que Ganancias se determinará sobre la diferencia que exista entre el precio de compra actualizado por el IPC y el precio de venta.

Asimismo, se invita a las provincias y a la ciudad de Buenos Aires a adherir y regular exenciones en el Impuesto de Sellos.

Las obras alcanzadas

Las iniciativas en las que se podrán invertir los fondos blanqueados son obras privadas que se inicien a partir de hoy, o sea partir de la vigencia de la ley.

Esas obras pueden ser construcciones, instalaciones y ampliaciones, entre otras.

También obras en curso en la medida que estén avanzadas en un 49% de su terminación al día de hoy.

La ley prevé un capítulo para la vivienda social, a través de la reactivación de obras paralizadas en procesos de construcción con aportes del Estado nacional.

Pero según los expertos es muy difícil que este capítulo tenga interés para los inversores.

En forma transitoria, se autoriza a que los fondos blanqueados sean aplicados a la compra de títulos públicos nacionales para ser invertidos luego en los proyectos inmobiliarios.

La liberación de consecuencias negativas

A quienes ingresen en el blanqueo se los libera de toda acción penal tributaria, penal cambiaria y penal aduanera, según Tributum.news.

También de ser sancionados por infracciones administrativas, como multas de omisión o defraudación.

No se aplicará la presunción de incremento patrimonial no justificado (incremento del 10.

Y, asimismo, quedan eximidos de pagar en razón de falta de declaración la deuda que surgiría de:

-El Impuesto a las Ganancias (30% sociedades y 5% al 35% personas humanas)

-Salidas no documentadas (35%)

-IVA (21%)

-Impuestos internos

-Bienes personales

-Impuesto a las Ganancias por las ganancias netas no declaradas obtenidas en el exterior.

Por último, la ley delega en el Poder Ejecutivo la facultad de extender los plazos de vigencia del régimen.

Fuente: DIARIO IPROFESIONAL (12–3–2021)

A. BRAÑA PROPIEDADES

Teléfonos fijos 4682–4700 / 4701

Teléfono móvil 4418–2674

Email: abranapropiedades@gmail.com

Web: www.abraña.com.ar

C. P. I. Alejandro BRAÑA

Matrícula Nº 199
Colegio de Corredores de la Ciudad de Bs. As. (CUCICBA)

Matrícula Nº 689
Colegio Corredores Pdo. La Matanza Pcia. Bs. As. (CMCPLM)

Matrícula Nª 198
Inspección General de Justicia de la Nación (IGJ)

Socio Nº 4579
Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA)

Socio N° 90 Sistema Inmobiliario CECIN
Centro de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Bs. As.

Integrante Sistema Inmobiliario A.P.I.
Asociación Profesionales Inmobiliarios de la República Argentina

Socio Sistema Inmobiliario LUGANOPROP — LUGANO VIVE
Inmobiliarias de Villa Lugano Interconectadas

--

--

A. BRAÑA PROPIEDADES

Nuestra misión es brindarle el mejor servicio inmobiliario mediante el asesoramiento legal y técnico acorde a su necesidad con esmerada atención personalizada