¡¡¡ DEJENNOS FUNDIRNOS EN PAZ !!!

A. BRAÑA PROPIEDADES
5 min readNov 2, 2020

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Dejen de robarnos la dignidad y resuelvan el fondo legal de la cuestión planteada y si tenemos que fundirnos ! QUE SEA EN PAZ .
PROVEER DE CONFORMIDAD …
SERÁ JUSTICIA!

Consideramos que ¡¡¡ DIECISIETE 17 meses !!! es un plazo mas que prudencial para resolver sobre cuestiones que hacen a la dignidad de las personas como es el derecho a trabajar y cobrar la remuneración correspondiente a nuestros clientes, como lo establece nuestra carta magna y ratificó la ley 27551 en su art . 12 modificando el art. 1351 del Código Civil y Comercial de la Nación, sancionada con fecha 30/6/2020

Mi nombre es Patricio Bedetti soy abogado y Corredor Público Inmobiliario matriculado en la Ciudad de Buenos Aires

Les quiero contar que estamos atravesando la peor crisis de la historia del sector inmobiliario!
En todo este 2020 se hicieron 8.000 escrituras aprox., es lo que hacíamos por mes aquí en la Ciudad normalmente…y el sector viene subsistiendo casi 3 largos años batiendo records mes a mes en la merma de operaciones inmobiliarias concretadas (vamos para 30 meses de caída ininterrumpida)

Por supuesto que las condiciones económicas del país conjuntamente con la pandemia que estamos cursando, no facilitan para nada nuestra actividad …pero eso afecta a todos los rubros y sectores por igual !

Tal vez un poco más al nuestro debido a que las propiedades están valuadas en dólares y sus fluctuaciones son determinantes paralizando el mercado casi por completo…

Pero lo que les quiero contar es algo que como hombre de derecho me quedo sin respuesta ante los colegas corredores que me consultan asiduamente, por la situación desesperante que están sobrellevando en su mayoría inmobiliarias de barrio que en CABA son prácticamente el 80% del sector!

Hace mas de 3 años que la legislatura de la Ciudad sancionó la ley 5859 (fue el 24–8–2017), donde nuestros legisladores decidieron unilateralmente que nuestros servicios tenían que empezar a ser gratuitos para los inquilinos…..si nos prohibieron por ley cobrar por nuestro trabajo!

Por supuesto que esta normativa claramente inconstitucional fue llevada a la justicia por las entidades que nuclean y regulan la actividad de los Corredores Inmobiliarios y en segunda instancia la cámara en lo Contencioso Administrativo de la Caba falló a favor de los corredores !

Hace ya mas de 1 año (17 meses más precisamente, desde junio 2019), que el expediente llegó al Tribunal Superior de Justicia de la ciudad, que es quien tiene la ultima palabra en materia judicial en CABA …o sea hace mas de 3 años que no podemos cobrar por trabajar!

Ahora bien …. como Abogado , creo que los corredores inmobiliarios tienen el derecho a fundirse en Paz ! si por muy duro que suene ! necesitamos que el tribunal superior se expida…..

Desde el sector no queremos influir en la decisión judicial pero si advertir que hay colegas que están esperando se dicte la resolución ya que están trabajando a pérdida y necesitan tomar una decisión fundamental de vida y familiar que depende de este fallo …..

Si se resuelve en contra de nuestro sector, las inmobiliarias cerrarán con mucha tristeza sus persianas, pero dejaran de perder dinero y podrán dedicarse a otra actividad para poder llevar sustento a su familia !
Si el fallo es a favor de los corredores inmobiliarios, podremos seguir esperando la reactivación del mercado de compra-venta haciendo frente a los enormes gastos mensuales que conlleva nuestra labor profesional…

Por todo lo expuesto solicitamos al Tribunal Superior de Justicia se expida con la mayor brevedad posible, ya que consideramos que más de 3 años es un plazo mas que prudencial para resolver sobre cuestiones que hacen a la dignidad de las personas como es el derecho a trabajar y cobrar la remuneración correspondiente a nuestros clientes, como lo establece nuestra carta magna y ratificó la ley 27551 en su art . 12 modificando el art. 1351 del Código Civil y Comercial de la Nación, sancionada con fecha 30 /6/2020 .

No se puede dejar de destacar que cualquier trabajador del sector privado, puede aceptar ir al quebranto por razones propias, pero nunca por leyes sancionadas por el estado que tiene la obligación de protegerlos !
Dejen de robarnos la dignidad y resuelvan el fondo legal de la cuestión planteada y si tenemos que fundirnos ! QUE SEA EN PAZ .
PROVEER DE CONFORMIDAD …
SERÁ JUSTICIA!

Fuente: CENTRO DE CORREDORES INMOBILIARIOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES -CECIN- (31–10–2020)

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C. P. I. Alejandro BRAÑA

Matrícula Nº 199
Colegio de Corredores de la Ciudad de Bs. As. (CUCICBA)

Matrícula Nº 689
Colegio Corredores Pdo. La Matanza Pcia. Bs. As. (CMCPLM)

Matrícula Nª 198
Inspección General de Justicia de la Nación (IGJ)

Socio Nº 4579
Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA)

Socio Sistema Inmobiliario CECIN
Centro de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Bs. As.

Integrante Sistema Inmobiliario A.P.I.
Asociación Profesionales Inmobiliarios de la República Argentina

Socio Sistema Inmobiliario LUGANOPROP
Inmobiliarias de Villa Lugano Interconectadas

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