COMUNICADO DE LA ASOCIACION DE PROFESIONALES INMOBILIARIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (API)

A. BRAÑA PROPIEDADES
3 min readSep 22, 2020

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En relación a la RESOLUCIÓN 350 de la Inspección General de Justicia de la Nación contra REMAX ARGENTINA SRL y REMAX INTERNATIONAL INC

*RESOLUCIÓN N°350 IGJ (Inspección General de Justicia)*

Estimados Colegas:

Ante la Resolución Particular N° 350 de IGJ (Inspección General de Justicia) sobre el tema REMAX SRL queremos remarcar sus consideraciones más importantes:

Antes que nada vale la pena aclarar que la Inspección General de Justicia de la Nación -IGJ-, es un organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que tiene a su cargo el Registro Público de Comercio y los Registros de Asociaciones Civiles y Fundaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos, por ello es la encargada del control legal de las sociedades comerciales.

Que se encuentran registros en la IGJ de REMAX SRL que tiene como objeto uno distinto al corretaje inmobiliario, que REMAX INTERNACIONAL INC directgamente NO SE ENCUENTRA INSCRIPTO en el organismo, que la primera de las sociedades no tiene entre sus socios un Corredor matriculado en CUCICBA.

Que queda en evidencia, acorde a la investigación de la IGJ que REMAX SRL, promueve y ejerce el corretaje según sus propias publicaciones en distintos ámbitos y que estos participan de los honorarios que pueden llegar a cobrar matriculados franquiciados por REMAX SRL, lo cual está estrictamente prohibido en la ley 20.266, aunque aparezcan ficticiamente como regalías. Esta publicidad induce a error por parte de la comunidad que cree estar ante un grupo económico de gran embergadura lo cual es el resultado de una publicidad engañosa.

En síntesis la IGJ considera que se verificaron en las actuaciones que la figura contractual de la franquicia es para eludir las normas imperativas sobre el ejercicio del corretaje inmobiliario, que claramente el franquiciante recibe una contraprestación dineraria (beneficios económicos) a cambio del producido por el franquiciado sin estar capacitado por las leyes para ejercer lícitamente el corretaje inmobiliario.

Tanto REMAX SRL como REMAX INTERNACIONAL INC, actúan en claro fraude a la ley argentina, siendo que solo aparecen como una mascara que encubre la ilegal actuación de dichas sociedades en el mercado argentino.

En consecuencia, y conforme todo lo señalado y denunciado por el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA) y por su Presidente el CI Armando F. Pepe, resulta evidente que la actividad inmobiliaria y servicios conexos, incluidos los educativos referidos a la actividad que se han llevado a cabo resultan ilícitas, y a las que debe ponerse fin, iniciando las acciones judiciales pertinentes, por todo ello la IGJ resolvió: Hacer lugar a la denuncia y promover la acción de disolución y liquidación de REMAX SRL

Comisión Directiva API (Asociación Profesionales Inmobiliarios)*

Fuente: ASOCIACION PROFESIONALES INMOBILIARIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA -API- (18–9–2020)

A. BRAÑA PROPIEDADES

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Web: www.abraña.com.ar

C. P. I. Alejandro BRAÑA

Matrícula Nº 199
Colegio de Corredores de la Ciudad de Bs. As. (CUCICBA)

Matrícula Nº 689
Colegio Corredores Pdo. La Matanza Pcia. Bs. As. (CMCPLM)

Matrícula Nª 198
Inspección General de Justicia de la Nación (IGJ)

Socio Nº 4579
Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA)

Socio Sistema Inmobiliario CECIN
Centro de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Bs. As.

Integrante Sistema Inmobiliario A.P.I.
Asociación Profesionales Inmobiliarios de la República Argentina

Socio Sistema Inmobiliario LUGANOPROP
Inmobiliarias de Villa Lugano Interconectadas

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